El Real Decreto 56/2016, publicado el 13 de febrero, ha traspuesto parcialmente la Directiva Europea 2012/27/UE, relativa a la Eficiencia Energética, pero ha dejado fuera la parte relativa a la contabilización individualizada de consumos de calefacción, agua caliente sanitaria y refrigeración en instalaciones centralizadas, que sí estaba incluida en el borrador de real decreto que se había estado manejando hasta entonces.
Esta circunstancia ha provocado múltiples interrogantes acerca de por qué y cuándo se transpondría completamente la Directiva. Para tratar de dar respuesta a todo ello, tanto ANESE como AERCCA (Asociación Española de Repartidores de Costes de Calefacción) se hacen eco de un escrito emitido por el Servicio de Información Administrativa del Ministerio de Industria, Energía y Turismo en el cual aclara que la totalidad de la trasposición aún está pendiente.
Según lo expresado por el Servicio de Información Administrativa de Ministerio de Industria, “en este último Real Decreto se trasponen los aspectos relacionados con auditorías energéticas, acreditación de proveedores de servicios y auditores energéticos y promoción de la eficiencia del suministro de energía, quedado solo pendiente la trasposición de la obligación de instalación de contadores de calefacción, agua caliente sanitaria y refrigeración. Esta obligación sí estaba recogida en el borrador de real decreto de junio de 2015, que fue sometido a trámite de aprobación por parte del Consejo de Ministros”.
El escrito señala que surgieron discrepancias entre los distintos departamentos ministeriales en relación con la oportunidad de su aprobación y añaden que “en cualquier caso, al tratarse de una obligación recogida en una Directiva Europea, el Estado Español tiene la obligación de trasponerla para que los consumidores españoles tengan la citada obligación. En este sentido, le informo que desde este Ministerio se está trabajando en la redacción de esta normativa, que será aprobada tan pronto como exista consenso y las circunstancias actuales lo permitan».