Desde el pasado 1 de junio de 2013 es obligatorio que aquellas viviendas que estén en venta o en alquiler dispongan de un certificado de eficiencia energética. De ese modo, se califica con una etiqueta el consumo energético de las instalaciones, siendo la “A” la máxima eficiencia y la “G” el grado de eficiencia energética más bajo.
El incumplimiento de esta norma contempla la imposición de multas; algo que ya se está empezando a producir en la Comunidad de Madrid, donde en el pasado 2014 ya se registraron expedientes por certificados que resultaron ser falsos o que no disponían de la firma de un técnico autorizado.
Según recogen varios medios de comunicación, entre ellos el diario económico Cinco Días, el pasado año se incoaron un total de 21 expedientes sancionadores, lo que no es una cifra muy elevada teniendo en cuenta que cada año se solicitan miles de certificados de eficiencia energética.
No obstante, las multas pueden llegar a ser cuantiosas ya que oscilan entre los 300 euros, por anunciar un inmueble sin disponer de la etiqueta energética, hasta los 6.000 por falseamiento de los datos. En el caso de alquilar un piso o un local durante más de cuatro meses sin entregar el certificado, la multa oscila entre 600 y 1.000 euros.
A pesar de que el sector residencial es uno de los grandes consumidores de energía, los datos muestran que queda mucho por mejorar en cuanto a la eficiencia energética de las viviendas. Según el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), el primer año de entrada en vigor de la normativa del certificado de eficiencia energética, el parqué de viviendas español se caracteriza por ser energéticamente poco eficiente. Así, el grueso de las casas certificadas en España está en la parte baja de la escala: el 45% son ‘E’ y el 28% son ‘G’ y sólo una 4,3% son certificados con las letras A, B y C.