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Arranca el Plan Renove de torres de refrigeración de la Comunidad de Madrid para mejorar su seguridad y eficiencia

Arranca el Plan Renove de la Comunidad de Madrid de torres de refrigeración Fotografía: Wikimedia Commons

La Dirección General de Industria, Energía y Minas, Dirección General de Ordenación e Inspección y AEFYT (Asociación de Empresas del Frío y sus Tecnologías) han puesto en marcha el primer Plan Renove de torres de refrigeración de la Comunidad de Madrid cuyo objetivo está orientado a dar respuesta a dos necesidades:

  • La reducción del consumo energético en instalaciones de climatización y refrigeración.
  • La mejora en el control de la Legionella.

Para ello, han creado  una serie de incentivos que facilitan la sustitución de los equipos antiguos por los nuevos. Podrán acogerse a éste todas las sustituciones, estando vigente el plan hasta el 31 de diciembre de 2015 (siempre que haya fondos disponibles).

¿Cuál es la subvención aportada?

El plan, que será gestionado por la AEFYT, ha sido dotado con 500.000 euros y puede llegar a dar incentivos de hasta 2.000.

El descuento se calcula a partir de la potencia disipada en kilovatios en condiciones estándar de la torre de refrigeración a instalar que facilitarán los fabricantes adheridos al plan (Baltimore,  Aircoil, Evapco, Esindus, EWK, Indumec, Teva-Decsa y Torraval Cooling).

Se consideran ‘condiciones estándar’ a un salto de agua fría de 30-35º C con una temperatura húmeda exterior de 24ºC.  Esta potencia obtenida se multiplicará por el factor de 0,5€/kW para obtener los euros correspondientes al descuento.

¿Qué requisitos se precisan para optar al plan?

  • Las torres de refrigeración sustituidas deben ser nuevas y producidas por los Fabricantes adheridos al plan.
  • Las torres que se retiren deben de tener una antigüedad igual o superior a 10 años.
  • El consumo energético de las nuevas torres deben ser al menos un 10% inferior respecto a la situación anterior.
  • En ningún caso se podrá acoger al Plan Renove la compra sin instalación, lo que se acreditará mediante la correspondiente documentación emitida por la empresa instaladora habilitada que realice la sustitución.
  • Los aparatos sustituidos deberán ser inutilizados, con la acreditación correspondiente mediante una declaración de dicha inutilización.
  • Notificar la instalación de las torres de refrigeración y condensadores evaporativos a la administración sanitaria correspondiente.
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