Muchos son los clientes que nos preguntan en qué estado se encuentra la normativa de calefacción central individual. Una consulta a la que pretendemos dar respuesta a través de este artículo ¡Sigue leyendo!
¿Qué dice la normativa de calefacción central y consumo individualizado?
La Nota Informativa sobre la conveniencia de dotar a las instalaciones de calefacción centralizadas de sistemas de individualización de consumos y de válvulas termostáticas en radiadores, publicada el pasado mes de abril de 2016 por la Dirección General de Industria de la Comunidad de Madrid, refleja cuál es la actual normativa con respecto a la calefacción central ‘individual’ (o individualizada):
En edificios de nueva construcción
Desde 1999, cuando entró en vigor el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE) aprobado mediante Real Decreto 1751/1998, de 16 de julio, la instalación de cada usuario de un edificio con un sistema de calefacción centralizada debe disponer de un contador que permita repartir los costes de acuerdo con el consumo.
En edificios existentes
El artículo 9 de la Directiva 2012/27/UE, relativa a la eficiencia energética, impone varias obligaciones relacionadas con la contabilización individualizada de consumos de energía, entre ellas la relativa a la energía térmica de los sistemas de calefacción centralizados. Se pretende que el consumidor tenga derecho a pagar en función de lo que gasta y a conocer su consumo de manera periódica para poder adecuar el uso que hace de la energía.
Esta directiva debería haberse traspuesto en junio de 2014, pero todavía no se ha aprobado el Real Decreto* que la traspondrá en lo relativo al derecho al reparto de gastos de calefacción centralizada de manera individualizada.
“Las medidas anteriores no son nuevas en otros países de nuestro entorno, ya que llevan varias décadas aplicándose con éxito para fomentar el ahorro y la eficiencia energética del sector residencial. Por tanto, aunque no sea obligatorio desde el punto normativo, a día de hoy, en edificios existentes con instalaciones de calefacción centralizada es muy aconsejable la instalación de repartidores de costes junto con válvulas termostáticas en los radiadores, puesto que es una medida de gran racionalidad técnica y rentabilidad económica”, explican en la nota de la Dirección General de Industria.
¿Por qué debemos seguir la normativa europea de calefacción central?
Los estados miembros de la Unión Europea deben adoptar las normativas europeas y trasponerlas a su ordenamiento jurídico.
Lo que concretamente estipula el artículo 9 de la Directiva 2012/27/UE, relativa a la eficiencia energética es que, “los Estados miembros velarán por que los clientes finales de electricidad, gas natural, calefacción urbana, refrigeración urbana y agua caliente sanitaria reciban contadores individuales a un precio competitivo, que reflejen exactamente el consumo real de energía del cliente final y que proporcionen información sobre el tiempo real de uso”.
¿Cuándo se producirán novedades?
A fecha de publicación de este artículo todavía no se había producido ningún anuncio al respecto que aclarase la fecha en la que podría ser transpuesto al reglamento normativo español la directiva europea.
En los últimos meses, desde varias asociaciones sectoriales se muestran partidarias de actualizar la legislación, para que definitivamente quede regulado el sistema de calefacción central individual.
“Somos conscientes de que todavía queda por dar un último gran paso, ya que está pendiente de transponer al mercado español el artículo referente a la individualización”, señalan desde la Asociación Nacional de Empresas de Servicios Energéticos (ANESE).
El vacío regulatorio en materia de individualización es una mala noticia tanto para la economía del país como para los consumidores, señalan desde AERCCA, Asociación Española de Repartidores de Costes de Calefacción. Desde esta asociación consideran que, de aprobarse la legislación sobre calefacción central individual, se crearían medio millar de puestos de trabajo anuales.
Según la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), esta situación, supondría un importante ahorro energético para los usuarios, y se racionalizaría el consumo de calefacción en un país donde el gasto energético de las familias es elevado. “Con la instalación de sistemas de contabilización individuales y sistemas de control, como son las válvulas termostáticas, cada hogar podría contar con información sobre su consumo en calefacción incluso por estancias de cada vivienda, otorgándoles así capacidad para tomar decisiones”, explican desde la OCU.
*La normativa no se había aprobado a día 28 de noviembre de 2016, fecha en la que se publicó este artículo.