La Dirección General de Industria de la Comunidad de Madrid ha hecho pública una Nota informativa sobre la conveniencia de dotar a las instalaciones de calefacción centralizadas de sistemas de individualización de consumos y de válvulas termostáticas en los radiadores.
Dicha nota, firmada por el director general de Industria, Energía y Minas, D. Carlos López Jimeno, está dividida en tres apartados: reparto individualizado de consumos, válvulas termostatizables con cabezal termostático y normativa.
Respecto al reparto individualizado de consumos, la nota informativa explica que “la actuación sobre las instalaciones de calefacción centralizadas para dotarlas de sistemas que permitan el reparto de costes entre sus usuarios (contadores o repartidores de costes) no incide de manera directa sobre la instalación ni mejora su eficiencia energética, pero sí modifica la manera en la que los usuarios la utilizan. Es decir, es una medida que fomenta el ahorro de energía por los usuarios”.
La nota también explica la conveniencia de contar con válvulas termostatizables con cabezal termostático (válvulas termostáticas) ya que “modifica el funcionamiento de la instalación y mejora su eficiencia energética y, además, aumenta el confort de los usuarios que podrán elegir la temperatura de cada estancia”. Añaden que “para su correcto funcionamiento requieren que se haya adecuado el sistema de distribución hidráulica de toda la instalación para que funcione con caudales variables, lo que redunda en un mejor rendimiento del sistema y en un mayor confort. Es decir, es una medida que fomenta el ahorro y la eficiencia energética.
En cuanto a la normativa, la nota informativa recuerda que en edificios de nueva construcción, desde que en 1999 entró en vigor el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE) aprobado mediante Real Decreto 1751/1998, de 16 de julio, la instalación de cada usuario de un edificio con sistema de calefacción centralizada debe disponer de un contador que permita repartir los costes de acuerdo con el consumo.
En cuanto a los edificios existentes, el artículo 9 de la Directiva 2012/27/UE, relativa a la eficiencia energética, impone varias obligaciones relacionadas con la contabilización individualizada de consumos de energía, entre ellas, la relativa a la energía térmica de los sistemas de calefacción centralizados. Se pretende que el consumidor tenga derecho a pagar en función de lo que gasta y a conocer su consumo de manera periódica para poder adecuar el uso que hace de la energía.
Esta directiva debería haberse transpuesto en junio de 2014, pero todavía no se ha aprobado el Real Decreto que transpondrá en lo relativo al derecho al reparto de gastos de calefacción centralizada de manera individualizada.
Las medidas anteriores no son nuevas en otros países de nuestro entorno ya que llevan varias décadas aplicándose con éxito para fomentar el ahorro y la eficiencia energética en el sector residencial.
Por tanto, según explica la nota informativa, “aunque no sea obligatorio desde el punto de vista normativo a día de hoy, en edificios existentes con instalaciones de calefacción centralizada es muy aconsejable la instalación de repartidores de costes junto con válvulas termostáticas en los radiadores, puesto que es una medida de gran racionalidad técnica y rentabilidad económica”.
Acceder a la versión completa de la Nota informativa sobre la conveniencia de dotar a las instalaciones de calefacción centralizadas de sistemas de individualización de consumos y de válvulas termostáticas en los radiadores.