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Todo lo que empresas y comunidades de propietarios deben saber sobre la nueva factura de electricidad

Ya se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la Circular 3/2020 de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).

Esta circular establece una nueva metodología para el cálculo de los peajes de transporte y distribución de electricidad.

Estos cambios afectarán en un futuro próximo a la factura eléctrica.  En el caso de las comunidades de propietarios y pequeñas y medianas empresas (pymes), deberán afrontar la desaparición de las tarifas 2.1A y 3.1A y acogerse a las nuevas tarifas 2.0TD y 6.1 TD respectivamente.

Elementos que se mantienen

La circular mantiene, como hasta ahora, el método para repartir el coste de las redes de transporte  y distribución entre los consumidores: se mantiene el criterio actual de hacerlo en función de la potencia (mayoritariamente) y, en menor medida, de la energía que se consume.

El importe de los peajes será más económico en los periodos tarifarios con menos demanda, igual que sucede en la actualidad.

 

Cambios: Seis periodos de facturación

Sin embargo, la circular también establece importantes novedades.  Una de ellas es que, salvo los clientes con una potencia contratada inferior o igual a 15 kW (la mayor parte de los consumidores domésticos), todos los consumidores pasarán a tener seis periodos* tanto en el término de potencia como en el de energía, siendo diferente según la hora y mes en la que nos encontremos.

periodos de facturacion factura electrica

Tabla: Periodos horarios en la Península

 

(i) Tipo A: de lunes a viernes no festivos de temporada alta (enero, febrero, julio y diciembre).

(ii) Tipo B: de lunes a viernes no festivos de temporada media alta (marzo y noviembre).

(iii) Tipo B1: de lunes a viernes no festivos de temporada media (junio, agosto y septiembre).

(iv) Tipo C: de lunes a viernes no festivos de temporada baja (abril, mayo y octubre).

(v) Tipo D: sábados, domingos, festivos y 6 de enero.

Los periodos horarios varían según las zonas y son diferentes en Las Islas Baleares y Canarias. Se pueden consultar en el BOE.

 

*En la tarifa 2.0TD los periodos de facturación únicamente se diferenciarán por hora, disponiendo de 3 periodos en el término de energía y dos periodos en el de potencia (los periodos 1 y 2 de energía equivaldrán con el periodo 1 de potencia y el tercero de energía con el segundo de potencia).

 

Cambios en las potencias contratadas

Salvo en el peaje 2.0TD, las potencias contratadas en los diferentes periodos serán tales que la potencia contratada en un periodo Pn+1 sea siempre mayor o igual que la potencia contratada en el periodo anterior (Pn).

Esto supone un cambio importante para las actuales tarifas 3.0 A, que podían contratar cualquier valor de potencia en cualquier periodo, con tal de que uno de ellos (no hacía falta que fuera el último) fuera superior a 15 kW.

 

En qué deben fijarse las pymes y las comunidades de propietarios

Con todos estos cambios, elegir una tarifa de luz se vuelve una tarea más compleja, ya que una gran cantidad de comunidades de propietarios y de pymes deberán adaptarse a seis tramos de potencia y a seis tramos de precios distintos.

Por ello, lo mejor es dejarse asesorar por expertos en contratación de suministro de electricidad, que estudien cada caso.

Con este cambio en la factura de electricidad, también es importante que su asesor energético les informe sobre la viabilidad de introducir una instalación de autoconsumo solar fotovoltaico, ya que eso podría contribuir a abaratar considerablemente la factura ante los cambios que se avecinan.

 

¡Estamos a tu disposición!

Los profesionales de Remica Comercializadora son profesionales expertos, con gran experiencia en encontrar la tarifa que mejor se adapta a las necesidades de cada cliente.
Contacta con nosotros a través de este formulario o en el teléfono 900 103 644.

 

Fecha de publicación del artículo: 9 de marzo de 2020

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