El certificado energético, según la guía elaborada por la Dirección de Industria, Energía y Minas de la Comunidad de Madrid y la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid ‘Renovar para consumir menos energía rehabilitación energética de edificios y viviendas’, es un documento que verifica la conformidad de calificación de eficiencia energética obtenida y que permite la expedición de la etiqueta de eficiencia energética del edificio.
El Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprobó el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios, estableció, desde su entrada en vigor, la obligación de poner a disposición de los compradores o usuarios de los edificios un certificado con información objetiva sobre la eficiencia energética de los inmuebles.
Actualmente, la obligación legal de poseer un certificado energético sólo se aplica a los inmuebles en comercialización, ya sea en venta o en alquiler, edificios de nueva construcción y edificios o partes de edificios en lo que una autoridad pública ocupe una superficie útil total superior a 250m2 y que sean frecuentados habitualmente por el público.
Los certificados de eficiencia energética pueden ser, en función de si el edificio es de nueva construcción o existente:
Edificios o partes del edificio de nueva construcción:
- Certificados de eficiencia energética del proyecto.
- Certificados de eficiencia energética del edificio terminado.
Edificios existentes:
- Certificados de eficiencia energética de edificio existente.
¿Qué información debe contener un certificado?
Como mínimo debe contener la siguiente información:
- Identificación del edificio o, en su caso, la parte que se certifica.
- Indicación del procedimiento reconocido utilizado para obtener la calificación energética. Se incluirá la siguiente documentación:
- Descripción de las características energéticas del edificio y demás datos necesarios para obtener la calificación energética del edificio (instalaciones térmicas, envolvente térmica, y en el sector terciario, además instalaciones de iluminación y condiciones de funcionamiento y ocupación).
- Normativa vigente, sobre ahorro y eficiencia, en caso de existir, en el año de construcción.
- Descripción de las pruebas, comprobaciones e inspecciones llevadas a cabo por técnico certificador.
- Calificación de eficiencia energética del edificio expresada mediante la etiqueta energética. Además de la clasificación global se incluyen las calificaciones parciales de: la calefacción, refrigeración, agua caliente sanitaria y en el caso del sector terciario la iluminación.
- Un documento conteniendo un listado con un número suficiente de medidas de ahorro energético, recomendadas por el técnico certificador.
¿Cómo se calcula la etiqueta energética?
Según el Instituto para la Diversificación y Ahorro de Energía el modelo de etiqueta energética clasifica los edificios mediante dos indicadores:
- Consumo de energía primaria no renovable, expresado en kWh/m2
- Emisiones de CO2 expresado en KgCO2/m2 año.
Estos dos indicadores se obtienen de la energía consumida por el edificio para satisfacer las necesidades asociadas a unas condiciones normales, tanto climáticas como de funcionamiento y ocupación. Se calculan siguiendo una metodología de cálculo establecida en el Real Decreto 47/2007 de 19 de enero, que establece el procedimiento básico para la Certificación de Eficiencia Energética de Edificios. Dicha metodología calcula valores para los dos indicadores utilizando datos obtenidos de:
- La disposición y orientación del edificio.
- Las características de la envolvente térmica (suelos, techos, paredes y huecos)
- Las características de las instalaciones térmicas y otras.
Se sigue el procedimiento de cálculo descrito y se obtienen valores para ambos indicadores. Acto seguido, los valores obtenidos para emisiones y energía primaria se comparan con valores estadísticos de los mismos parámetros obtenidos para edificios o viviendas similares, para lo que se adopta una variedad de criterios:
- Misma antigüedad.
- Mismo clima.
- Mismo uso (residencial, comercial, oficinas).
- Similar compacidad (volumen interno/superficie de envolvente).
- Similar forma.
- Similar orientación de las fachadas.
- Similar relación de superficie fachadas/huecos.
- Analogía de equipos e instalaciones térmicas.
Teniendo en cuenta estas directrices y la metodología de cálculo para los indicadores energéticos, se llega a establecer la escala, sus límites, el rango de valores de cada clase y el lugar de cada inmueble de dicha escala, todo ello mediante el análisis de los datos obtenidos por la comparación entre los resultados obtenidos para cada inmueble y los datos estadísticos de referencia, que conduce a una familia de correlaciones matemáticas que permiten acomodar la mayor cantidad de casos posibles en la realidad a alguna de las siete claves contempladas en el modelo (A, B,C,D,E,F o G).