La normativa es clara: ningún contrato de suministro de energía puede darse de baja sin el consentimiento del titular de la instalación. Aun así, se han detectado casos en los que este hecho se ha producido. ¡Para saber cómo actuar en estos casos y contratar un nuevo servicio de suministro de energía con todas las garantías, sigue estas recomendaciones!
Darse de baja sin consentimiento no es legal y puedes denunciarlo
Ciertos organismos oficiales alertan de que algunas personas, que se identifican como comerciales de suministro de gas y electricidad y que, habitualmente, realizan visitas puerta a puerta solicitando ver las facturas o recibos, han aprovechado esta información para dar de baja el contrato del usuario y darle de alta en una nueva compañía.
“Cualquier cliente que detecte que se ha producido un cambio de compañía comercializadora sin su consentimiento, deberá denunciarlo ante el organismo correspondiente”, afirman desde Remica Comercializadora.
Desconfía si te piden una factura
¿Significa esto que hay que desconfiar de todos los comerciales de suministro de gas y electricidad? ¡En absoluto! En el sector trabajan grandes profesionales. Sin embargo, hay que desconfiar de aquellos que puedan resultar sospechosos.
Según explican en su web desde el Instituto Vasco de Consumo, Konstumobide, los usuarios a los que han engañado para darse de baja sin su consentimiento fueron abordados por personas que ofrecían la promesa de rebajar las facturas, una tarifa más beneficiosa, etc. Para ello, pedían ver un recibo, lo que les permitía hacerse con datos privados del titular; una valiosa información que después utilizarían para cambiarles de compañía suministradora.
Por ello, aconsejan que nunca se faciliten facturas o documentos donde aparezcan datos personales o de contratación del actual suministro de energía. Y en ningún caso debe permitirse que saquen fotografías de las facturas o de documentación privada como el pasaporte o el DNI.
¡No firmes en el momento y contrasta la información que recibes!
Las prisas no son buenas, y menos para darse de baja de tu actual compañía y contratar un nuevo suministro de energía con todas las garantías. Por eso, si un comercial puerta a puerta llama a tu casa, pídele que te deje la documentación de la oferta que te está presentando y estudia bien los documentos, ¡especialmente la letra pequeña!
Posteriormente, compara la oferta que te realizan con tu actual contrato de suministro, y con el de otras compañías para ver si realmente el cambio es tan ventajoso para ti y si supone un ahorro energético y económico para tu hogar.
Antes de darse de baja del actual servicio de suministro de energía, los profesionales de Remica Comercializadora recomiendan:
- Entender todos los detalles de la nueva tarifa que se quiere contratar. El consumidor debe tener claro qué va a pagar y en concepto de qué, cuándo se aplican las revisiones de precios, si se aplican descuentos, etc.
- Enterarse de si se aplicarán o no penalizaciones por cambiar de compañía. Los titulares de la instalación pueden cambiar de compañía suministradora de energía en cualquier momento. Sin embargo, deben conocer si el contrato que firmaron establece una penalización o no por cambiar antes de que se termine el periodo establecido con su anterior compañía.
- Asegurarse de que al darse de baja de la antigua tarifa, también se cancelan otros servicios adicionales que se hayan podido contratar. Cancelar el contrato de suministro de energía no tiene porqué anular automáticamente otros servicios adicionales que el cliente tenga incluidos en el contrato, como por ejemplo el servicio de mantenimiento.
¡Cambiar de comercializadora con todas las garantías es posible!
Según datos de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CMNV), en el año 2014 casi tres millones y medio de usuarios decidieron darse de baja de su compañía comercializadora para contratar un nuevo servicio de suministro energético.
Los consumidores que deseen contratar un nuevo servicio de suministro energético deben conocer que por normativa tienen derecho a:
- Elegir libremente la comercializadora con la que quieren contratar el suministro de gas y/o electricidad.
- Si desean cambiar de compañía, pueden hacerlo libremente y debe ser un proceso gratuito.
- El cambio debe contar con el consentimiento expreso del titular.
- El plazo máximo para cambiar es de 21 días (aunque este plazo puede acortarse) y la nueva compañía comercializadora será la encargada de realizar todos los trámites.
Las actuaciones administrativas y técnicas no deben impedir en ningún caso el cambio de compañía comercializadora si así lo desea el usuario.