El pasado miércoles, cuatro de octubre, la Comisión Europea se ha pronunciado respecto a la transposición de la Directiva 2012/27/UE en España, relativa a la eficiencia energética, donde los Estados miembros tienen la obligatoriedad de instalar contadores individuales o sistemas de repartidores de costes de calefacción para medir el consumo de energía en los edificios en los que este tipo de servicios se suministran desde una instalación central.
Ha dado comienzo un procedimiento formal que ejecuta la Comisión Europea cuando detecta una posible infracción de la legislación de la UE por parte de un Estado miembro. Pero primero vamos a hacer memoria y explicar en qué situación se encuentra todo lo relativo a la Directiva 2012/27/UE.
Situación actual
España aprobó el pasado 12 de febrero de 2016 el Real Decreto 56/2016 que traspuso parcialmente la Directiva relativa a la eficiencia energética. ¿Por qué parcialmente? Porque en él no incluyó la parte relativa a la contabilización individualizada de consumos de calefacción, agua caliente sanitaria (ACS) y refrigeración en instalaciones centralizadas. Dicha parte sí estaba contemplada en el borrador del Real Decreto que se manejaba hasta entonces.
El Ejecutivo comunitario subrayaba en la Directiva que el plazo para poder llevar a cabo las intervenciones necesarias en la instalación sería el pasado 31 de diciembre de 2016, pero al no incluirse en el Real Decreto 56/2016 dichos plazos no se han cumplido.
Es por ello que la Directiva no se ha traspuesto en su totalidad y esta es la razón por la que la Comisión Europea ha decidido actuar. Los primeros pasos que se toman cuando se inicia un procedimiento de infracción es el envío de una carta de emplazamiento, punto en el que se encuentra España actualmente. La Comisión pide en este documento a España que vele por la correcta transposición de la legislación de la UE sobre eficiencia energética.
Para poder dar respuesta a este tipo de comunicaciones se establece un tiempo de dos meses, período en el que España deberá contestar y argumentar su actuación. El siguiente paso a seguir en este tipo de procedimientos son, en caso de que la respuesta sea inexistente o insatisfactoria, que la Comisión envíe un Dictamen motivado, donde indicaría las razones por las que considera que España ha incumplido el Derecho de la UE.
¿Por qué exige Europa la contabilización individualizada de los consumos de calefacción, ACS y refrigeración en instalaciones centralizadas?
Conscientes del tiempo en el que vivimos, la dependencia energética que tiene España del exterior cada año tiene un gasto de unos 60.000 millones de euros, un equivalente al 6% del PIB del país. Debido a ello, la eficiencia energética ha adquirido con el tiempo un carácter prioritario para las administraciones.
El consumo de energía de los hogares supone un 67%, repartidos entre la calefacción (46%) y agua caliente (21%), es decir, la mayor parte según datos del Instituto de Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE).
Las instalaciones térmicas comunes suponen una gran fuente de derroche de energía ya que se proporciona frío o calor a estancias que pueden estar o no vacías. Es por ello que la individualización del consumo es una solución para poder aplicar un modelo de consumo de calefacción más justo y equitativo, ya que permite que cada vecino pueda pagar en relación al consumo que realiza. Además la mejora del confort permite que cada estancia disfrute de la temperatura que necesite.
Ya lo señaló la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), la aprobación de la totalidad de la Directiva relativa a la eficiencia energética supone un importante ahorro económico para los usuarios, y se racionalizaría el consumo de calefacción en un país donde el gasto energético de las familias es elevado. “Con la instalación de sistemas de contabilización individuales y sistemas de control, como son las válvulas termostáticas, cada hogar podría contar con información sobre su consumo en calefacción incluso por estancias de cada vivienda, otorgándoles así capacidad para tomar decisiones” señalaban desde la OCU.
La reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero y de otras sustancias contaminantes es también una de las causas por las que la Unión Europea toma este tipo de medidas, para cumplir con el objetivo 2020 de aumentar un 20 por ciento la eficiencia energética.
Existe una necesidad de concienciar a la sociedad sobre la importancia de la eficiencia energética y es preciso tomar medidas, siempre y cuando se puedan trasponer en su totalidad a todos los países miembros.
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