El pasado mes de agosto entró en vigor una nueva normativa de la Comunidad de Madrid que establece los procedimientos relacionados con la inspección periódica de eficiencia energética de instalaciones térmicas (calefacción, aire acondicionado y agua caliente sanitaria) de edificios. El objetivo de este Decreto es desarrollar un procedimiento mediante el cual se puedan garantizar los derechos de los consumidores y la eficacia de las inspecciones.
En el documento, enfocado a los edificios de potencia útil nominal superior a 70 kW, se recoge tanto el calendario inicial como la periodicidad de las inspecciones. Así, para los sistemas de calefacción y producción de agua caliente sanitaria que empleen combustibles gaseosos o fuentes de energía renovables se deberá llevar a cabo una revisión cada cuatro años desde la puesta en marcha de la instalación.
Mientras, para aquellos generadores de calor que utilicen otras fuentes de energía diferentes, la periodicidad será de dos años desde su inicio de actividad. En lo que respecta a los sistemas de aire acondicionado, la inspección se realizará cada cinco años desde su lanzamiento.
El Decreto determina además los requisitos que deben cumplir las empresas que lleven a cabo este trabajo. En este campo, Remica cumple con todos los requerimientos, ofreciendo garantía de profesionalidad. Así, una vez que nuestro técnico haya realizado la inspección de su instalación, le facilitará un informe en el que encontrará recomendaciones para mejorar, en términos de rentabilidad, la eficiencia energética de la misma.
El documento incluirá además un análisis del rendimiento de su generador en función de la potencia térmica que tiene instalada en comparación con la demanda térmica de su vivienda. Asimismo, contará con una valoración que incluya el rendimiento obtenido con un generador de esas mismas características de nueva adquisición, o bien, un generador de diferentes características que mejore el rendimiento o aproveche el uso de energías renovables.
En el informe encontrará además una calificación de la instalación de acuerdo con el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE). Ésta podrá ser de “Aceptable”, “Condicionada” o “Negativa” (en el caso de que se aprecie alguna circunstancia que suponga un peligro inmediato para la seguridad de las personas, los bienes o el medio ambiente, independientemente del rendimiento).
Si desea más información, puede ponerse en contacto con Remica tanto por teléfono (913960300) como por correo electrónico remica@remica.es y realizaremos la revisión de la instalación de su inmueble sin ningún tipo de compromiso en el caso de que sea necesario realizar obras de mejora.