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Puntos más relevantes de los Programas de Incentivos a proyectos de redes de calor y frío que utilicen fuentes de energía renovable

El pasado 26 de septiembre de 2022 se abrió la Primera convocatoria de los Programas de Incentivos a proyectos de redes de calor y frío que utilicen fuentes de energía renovable, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

En la Orden TED/707/2022, de 21 de julio, puedes leer las bases reguladoras para las convocatorias de los programas de incentivos a proyectos de redes de calor y frío que utilicen fuentes de energía renovable, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. En concreto, este programa contribuye al cumplimiento del objetivo de instalar al menos 3.800 MW de generación renovable para el primer semestre de 2026. El despliegue de redes de suministro de calor y frío a partir de energías renovables forma parte de la solución para alcanzar la neutralidad climática en 2050. 

Aquí hemos preparado un resumen con los puntos más destacados de estos programas de incentivos. Las 2 principales características que se deben tener en cuenta es que son para proyectos de más de 1 MW de potencia instalada, es decir grandes edificios. Y, por otro lado, es importante tener en cuenta que no está permitido que los proyectos utilicen combustibles fósiles, aunque sean de apoyo. Han de utilizar exclusivamente energía procedente de fuentes renovables. En el caso de que existiesen instalaciones de calderas antiguas, estas deben ser desmanteladas obligatoriamente.

Es un Programa de Incentivos a nivel Nacional que está gestionado por IDAE (Instituto para la Diversificación y ahorro de Energía).

Fechas de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes, que se realiza a través de la sede electrónica de IDAE, comienza a las 9:00 horas del 26 de septiembre de 2022 y durará hasta las 14:00 horas del 28 de octubre de 2022.

Proyectos subvencionables

Los proyectos subvencionables que se tienen en cuenta para estos programas de incentivos serán de tres tipologías:

  • Nueva red de calor y frío, incluyendo una o varias centrales de generación que utilicen exclusivamente energías renovables y una o varias redes de distribución con conexiones de intercambio energético a centros de consumo.
  • Ampliación de una central de generación existente, mediante la incorporación de nuevos equipos de generación que utilicen energías renovables.
  • Ampliación de una red de distribución existente, incluyendo la propia red y nuevas conexiones de intercambio. Estos proyectos han de utilizar centrales de generación existentes que utilicen energías renovables.

Definiciones de los proyectos:

  • Red de calor y/o frio: una o varias centrales de producción de calor y/o frío en forma de vapor. Una o varias redes de distribución que transportan el calor y/o frío producido hasta al menos dos centros de consumo. 
  • Energías de fuentes renovables (Aerotermia y fotovoltaica).
  • Biomasa.
  • Geotermia
  • Energía ambiente. 
  • Instalación solar térmica.
  • Eficiencia global de la red de calor y/o frío.

Beneficiarios y cuantía de las ayudas

Esta convocatoria de ayudas cuenta con un presupuesto de 100 millones de euros y se divide en dos programas de incentivos, según el tipo de beneficiario: 

  1. a)    Programa 1: dirigido a aquellos que realicen alguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado.
  2. b)    Programa 2: dirigido a aquellos que no realicen actividades económicas por las que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado.

La ayuda total por proyecto está limitada a 15 millones de euros y se establece una inversión mínima de 450.000 euros. 

Ayudas adicionales

Además, se otorgarán porcentajes de ayudas adicionales acumulables en los casos de desarrollar el proyecto en un municipio de reto demográfico (5%), al tratarse de una mediana empresa (5%) y una pequeña empresa (10%).

Las ayudas se otorgarán como subvención a fondo perdido y en régimen de concurrencia competitiva. El objetivo es apoyar proyectos nuevos, así como la ampliación de instalaciones ya existentes utilizando energías renovables que tienen un importante efecto descarbonizador.

Las ayudas reguladas por esta orden serán compatibles con cualquier otra ayuda de otros programas o instrumentos de cualquier administración pública u organismo o ente público, nacionales o internacionales particularmente de la unión europea en tanto que dicha ayuda no cubra los mismos costes y que de forma acumulada no supere los límites establecidos por el reglamento. Cuando se soliciten o se obtengan ayudas de otras instituciones o administraciones públicas para el mismo proyecto, deberá comunicarse al IDAE de forma inmediata. 

Criterios de valoración

Los proyectos, que deberán estar finalizados antes del 30 de junio de 2025, tendrán que respetar el principio de “no causar un daño significativo” al medioambiente.

Además, en la evaluación de las solicitudes se tendrán en cuenta estos criterios:

  • Económico: en función de la reducción de subvención indicada por el solicitante respecto a los costes máximos subvencionables recogidos en la orden.
  • Viabilidad administrativa: se valorarán diversos aspectos del avance en la tramitación del proyecto.
  • Criterio técnico y demostrativo: innovaciones, eficiencia y efecto demostrativo del proyecto.
  • Externalidades: entre otras, el impacto positivo en zonas de Transición Justa y Reto Demográfico, comunidades de energías renovables, entidades públicas o pymes, así como el impacto social y de género de los proyectos.

Si quieres más información de los Programas de Incentivos a proyectos de redes de calor y frío que utilicen fuentes de energía renovable, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, contacta con Remica en el teléfono 91 396 03 03 / o rellena este formulario.

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