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Nueva normativa en Madrid sobre Inspección de las instalaciones térmicas de edificios

Nueva normativa en Madrid sobre Inspección de las instalaciones térmicas de edificios

La Comunidad de Madrid ha aprobado un decreto por el que establece los procedimientos y la regularidad con la que se deben llevar a cabo las inspecciones de las instalaciones térmicas en las viviendas. El objetivo del decreto es garantizar la seguridad y eficiencia de las instalaciones de calefacción, agua caliente sanitaria (ACS) y aire acondicionado.

Nueva normativa en Madrid sobre Inspección de las instalaciones térmicas de edificios

¿Cómo afecta esta normativa a mi instalación?

El documento está dirigido a instalaciones con una potencia útil nominal superior a 70 kW. Desde su puesta en marcha deberán realizar la revisión de instalaciones térmicas cada cuatro años los sistemas de calefacción y producción de ACS que utilicen combustibles gaseosos o fuentes de energía renovables.

En el caso de los generadores de calor que utilicen otras fuentes de energía diferentes, la  revisión de las instalaciones térmicas deberá realizarse cada dos años desde el comienzo de su actividad.

La inspección de los sistemas de aire acondicionado  se realizará cada cinco años desde su instalación.

¿Quién debe realizar la inspección de instalaciones térmicas?

El Decreto determina además los requisitos que deben cumplir las empresas que lleven a cabo la inspección de instalaciones térmicas. En este campo, Remica cumple con todos los requerimientos.

Tras la inspección de su instalación, nuestros técnicos le facilitarán un informe con recomendaciones para la mejora, en términos de rentabilidad, de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas.

En el informe también encontrará un análisis del rendimiento de su generador en función de la potencia térmica que tiene instalada en comparación con la demanda térmica de su vivienda, así como una valoración del rendimiento que se obtendría con un generador de esas mismas características de nueva adquisición, o bien, con un generador de diferentes características que mejore el rendimiento o aproveche el uso de energías renovables.

El informe de la revisión de las instalaciones térmicas incluirá una calificación de acuerdo con el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios  (RITE). Ésta podrá ser de “Aceptable”, “Condicionada” o “Negativa” (en el caso de que se aprecie alguna circunstancia que suponga un peligro inmediato para la seguridad de las personas, los bienes o el medio ambiente, independientemente del rendimiento).

Si desea ampliar información, puede contactar con nosotros en el teléfono 91 396 03 00 y en el correo electrónico remica@remica.es .

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