Instalaciones térmicas: Normativa de inspecciones periódicas de eficiencia energética de la Comunidad de Madrid
En la Comunidad de Madrid las instalaciones térmicas de edificios (no industriales), nuevas o existentes, que dispongan de generadores de calor o frío – que den servicio de calefacción, agua caliente sanitaria (ACS), climatización y ventilación- con una potencia útil nominal superior a 70 kW deben realizar inspecciones de eficiencia energética